ORDENANZA N° 1231/23
VISTO:
Que la Ley Nº 2756 Orgánica de Municipalidades y normas concordantes y modificatorias y la Ordenanza de Contabilidad establecen el procedimiento referido al sistema de sanción del Presupuesto General de Erogaciones y Cálculo de Recursos aplicable, incluyendo lo referido a la reconducción del vigente en el Ejercicio anterior en caso de no haberse sancionado el proyecto específico del año correspondiente.
Y CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de las áreas funcionales correspondientes, ha finalizado el análisis y preparación de la información conducente a la ampliación de los créditos del Presupuesto vigente en la actualidad.
Que en materia de Recursos se han tomado estimaciones y proyecciones que consideran: a) El nivel actual de la recaudación del Municipio; b) La estimación de la evolución de la coparticipación correspondiente a impuestos nacionales y provinciales para el Ejercicio Año 2023, la que resulta de la evaluación de indicadores en materia de crecimiento económico y nuevas previsiones inflacionarias del orden nacional.
Que respecto a las Erogaciones, se han tomado en cuenta para la elaboración de las proyecciones respectivas: a) Los niveles anualizados de costo económico salarial total correspondientes al año en curso; b) La planta de personal estimada para finalizar el 2023, destacándose que en el rubro Personal se proyectó un incremento de erogaciones estimativo, que eventualmente será motivo de las modificaciones presupuestarias necesarias una vez acordadas las negociaciones paritarias pendientes para el año en curso correspondientes al personal municipal; c) Las estimaciones en materia de inflación; d) Los costos de los diversos servicios básicos municipales y su variación previsible en el actual agudo marco inflacionario; e) Los diversos bienes de consumo, las transferencias, equipamiento y trabajos públicos requeridos por las diversas jurisdicciones, las que han proyectado sus necesidades con estimaciones inflacionarias según el rubro correspondiente; f) Las posibilidades de financiamiento de inversión real mediante rentas especiales de propia jurisdicción.
Que la relación entre recursos y gastos proyectados mantiene como resultado la formulación de un proyecto de presupuesto equilibrado.
El Departamento Ejecutivo Municipal incorporará oportunamente otros créditos presupuestarios adicionales específicos, comunicando al Concejo Municipal los decretos correspondientes, en caso de que se concreten convenios específicos que puedan ser objeto de incremento de los créditos presupuestarios por aplicación de normas vigentes.
Que la fundamentación de los niveles de gasto jurisdiccional ya fue explicada en el Mensaje comunicado a ese Cuerpo el 30 de Septiembre del 2022.
Que se amplía la reserva de la suma calculada para el Ejercicio 2023 a los fines de atender las Erogaciones del Concejo Municipal.
Por ello, el Honorable Concejo Municipal, en uso de sus facultades de la Ley 2.756, sanciona la presente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1: INCREMÉNTASE el Presupuesto General de Erogaciones del Honorable Concejo Municipal para el Ejercicio vigente, en la suma de $ 13.000.000.- (pesos Trece millones).
ARTÍCULO 2: INCREMÉNTASE el Presupuesto General de Erogaciones de la Administración Municipal para el Ejercicio vigente, en la suma de $ 470.000.000 (pesos Cuatrocientos setenta millones).
ARTÍCULO 3: INCREMÉNTASE de acuerdo a lo establecido en los artículos anteriores, el presupuesto consolidado de erogaciones para la Municipalidad de MUNICIPALIDAD DE ROLDAN para el presente año, en la suma de $ 483.000.000 (pesos Cuatrocientos ochenta y tres millones).
ARTÍCULO 4: INCREMÉNTASE en la suma de $ 483.000.000 (pesos Cuatrocientos ochenta y tres millones) el cálculo de recursos destinados a atender las erogaciones que hace referencia el Art. 3 de esta ordenanza, de acuerdo con el detalle que figura en las planillas anexas que forman parte de la presente Ordenanza.
RENTAS GENERALES
TRIBUTARIOS $ 151.145.000
Tasa por Hectárea ej. Ant. $ 5.000.000
Tasa de Servicios Públicos $ 70.000.000
Derecho de Registro e Inspección $ 45.000.000
Derecho de Uso de Dominio Público $ 6.000.000
Certificado de Libre deuda $ 1.000.000
Solicitud Carnet de Conductor $ 6.000.000
Otras Actuaciones Administrativas $ 5.000.000
Cementerio ej. Ant. $ 5.000.000
Certificado y/o Derecho de Edificación $ 8.145.000
NO TRIBUTARIOS $ 1.500.000
Ingresos Varios $ 1.500.000
RECURSOS DE CAPITAL $ 35.355.000
Venta de Bienes Inmuebles Rentas Gral. $ 35.355.000
RECURSO DE OTRA JURIDICCIONES $ 295.000.000
Coparticipación Imp. Nacionales $ 155.000.000
Coparticipación Imp. Nacionales ej. Ant. $ 40.000.000
Coparticipación Ingresos Brutos $ 100.000.000
EROGACIONES
INTENDENCIA
Operación
Personal $ 1.000.000
Bienes y Servicios no Personal $ 1.000.000
CULTURA, EDUCACIÓN Y TURISMO
Operación
Personal $ 2.000.000
Bienes y Servicios no personales $ 15.000.000
PRODUCCIÓN, EMPLEO Y MED. AM.
Operación
Personal $ 7.000.000
Bienes no personales $ 35.000.000
HACIENDA
Operación
Personal $ 25.000.000
Bienes no personales $ 2.000.000
SALUD PÚBLICA
Operaciones
Personal $ 2.000.000
Bienes no Personales $ 5.000.000
PROMOCIÓN HUMANA Y COM.
Operaciones
Personal $ 3.000.000
Bienes no Personales $ 10.000.000
PLANEAMIENTO Y OBRAS PÚBLICAS
Operaciones
Servicios no personales $ 5.000.000
SERVICIOS PÚBLICOS
Operaciones
Servicios no personales $ 250.000.000
JEFATURA DE GABINETE
Operaciones
Personal $ 40.000.000
Bienes no Personales $ 20.000.000
Inversión Real
Bienes de Capital $ 3.000.000
LEGAL Y TÉCNICA
Operaciones
Personal $ 5.000.000
Bienes no Personales $ 3.000.000
GATOS GENERALES DE ADM.
Operaciones
Bienes no Personales $ 31.000.000
Transferencias
Subsidios y becas $ 5.000.000
CONCEJO MUNICIPAL $ 13.000.000
ARTÍCULO 5: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
Sala de Sesiones, Roldán 28 de Noviembre de 2.023.-