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ORDENANZA N° 1231/23

VISTO:

Que la Ley Nº 2756 Orgánica de Municipalidades y normas concordantes y modificatorias y la Ordenanza de Contabilidad establecen el procedimiento referido al sistema de sanción del Presupuesto General de Erogaciones y Cálculo de Recursos aplicable, incluyendo lo referido a la reconducción del vigente en el Ejercicio anterior en caso de no haberse sancionado el proyecto específico del año correspondiente.

Y CONSIDERANDO:

Que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de las áreas funcionales correspondientes, ha finalizado el análisis y preparación de la información conducente a la ampliación de los créditos del Presupuesto vigente en la actualidad.

Que en materia de Recursos se han tomado estimaciones y proyecciones que consideran: a) El nivel actual de la recaudación del Municipio; b) La estimación de la evolución de la coparticipación correspondiente a impuestos nacionales y provinciales para el Ejercicio Año 2023, la que resulta de la evaluación de indicadores en materia de crecimiento económico y nuevas previsiones inflacionarias del orden nacional.

Que respecto a las Erogaciones, se han tomado en cuenta para la elaboración de las proyecciones respectivas: a) Los niveles anualizados de costo económico salarial total correspondientes al año en curso; b) La planta de personal estimada para finalizar el 2023, destacándose que en el rubro Personal se proyectó un incremento de erogaciones estimativo, que eventualmente será motivo de las modificaciones presupuestarias necesarias una vez acordadas las negociaciones paritarias pendientes para el año en curso correspondientes al personal municipal; c) Las estimaciones en materia de inflación; d) Los costos de los diversos servicios básicos municipales y su variación previsible en el actual agudo marco inflacionario; e) Los diversos bienes de consumo, las transferencias, equipamiento y trabajos públicos requeridos por las diversas jurisdicciones, las que han proyectado sus necesidades con estimaciones inflacionarias según el rubro correspondiente; f) Las posibilidades de financiamiento de inversión real mediante rentas especiales de propia jurisdicción.

Que la relación entre recursos y gastos proyectados mantiene como resultado la formulación de un proyecto de presupuesto equilibrado.

El Departamento Ejecutivo Municipal incorporará oportunamente otros créditos presupuestarios adicionales específicos, comunicando al Concejo Municipal los decretos correspondientes, en caso de que se concreten convenios específicos que puedan ser objeto de incremento de los créditos presupuestarios por aplicación de normas vigentes.

Que la fundamentación de los niveles de gasto jurisdiccional ya fue explicada en el Mensaje comunicado a ese Cuerpo el 30 de Septiembre del 2022.

Que se amplía la reserva de la suma calculada para el Ejercicio 2023 a los fines de atender las Erogaciones del Concejo Municipal.

Por ello, el Honorable Concejo Municipal, en uso de sus facultades de la Ley 2.756, sanciona la presente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1: INCREMÉNTASE el Presupuesto General de Erogaciones del Honorable Concejo Municipal para el Ejercicio vigente, en la suma de $ 13.000.000.- (pesos Trece millones).

ARTÍCULO 2: INCREMÉNTASE el Presupuesto General de Erogaciones de la Administración Municipal para el Ejercicio vigente, en la suma de $ 470.000.000 (pesos Cuatrocientos setenta millones).

ARTÍCULO 3: INCREMÉNTASE de acuerdo a lo establecido en los artículos anteriores, el presupuesto consolidado de erogaciones para la Municipalidad de MUNICIPALIDAD DE ROLDAN para el presente año, en la suma de $ 483.000.000 (pesos Cuatrocientos ochenta y tres millones).

ARTÍCULO 4: INCREMÉNTASE en la suma de $ 483.000.000 (pesos Cuatrocientos ochenta y tres millones) el cálculo de recursos destinados a atender las erogaciones que hace referencia el Art. 3 de esta ordenanza, de acuerdo con el detalle que figura en las planillas anexas que forman parte de la presente Ordenanza.

RENTAS GENERALES

TRIBUTARIOS $ 151.145.000

Tasa por Hectárea ej. Ant. $ 5.000.000

Tasa de Servicios Públicos $ 70.000.000

Derecho de Registro e Inspección $ 45.000.000

Derecho de Uso de Dominio Público $ 6.000.000

Certificado de Libre deuda $ 1.000.000

Solicitud Carnet de Conductor $ 6.000.000

Otras Actuaciones Administrativas $ 5.000.000

Cementerio ej. Ant. $ 5.000.000

Certificado y/o Derecho de Edificación $ 8.145.000

NO TRIBUTARIOS $ 1.500.000

Ingresos Varios $ 1.500.000

RECURSOS DE CAPITAL $ 35.355.000

Venta de Bienes Inmuebles Rentas Gral. $ 35.355.000

RECURSO DE OTRA JURIDICCIONES $ 295.000.000

Coparticipación Imp. Nacionales $ 155.000.000

Coparticipación Imp. Nacionales ej. Ant. $ 40.000.000

Coparticipación Ingresos Brutos $ 100.000.000

EROGACIONES

INTENDENCIA

Operación

Personal $ 1.000.000

Bienes y Servicios no Personal $ 1.000.000

CULTURA, EDUCACIÓN Y TURISMO

Operación

Personal $ 2.000.000

Bienes y Servicios no personales $ 15.000.000

PRODUCCIÓN, EMPLEO Y MED. AM.

Operación

Personal $ 7.000.000

Bienes no personales $ 35.000.000

HACIENDA

Operación

Personal $ 25.000.000

Bienes no personales $ 2.000.000

SALUD PÚBLICA

Operaciones

Personal $ 2.000.000

Bienes no Personales $ 5.000.000

PROMOCIÓN HUMANA Y COM.

Operaciones

Personal $ 3.000.000

Bienes no Personales $ 10.000.000

PLANEAMIENTO Y OBRAS PÚBLICAS

Operaciones

Servicios no personales $ 5.000.000

SERVICIOS PÚBLICOS

Operaciones

Servicios no personales $ 250.000.000

JEFATURA DE GABINETE

Operaciones

Personal $ 40.000.000

Bienes no Personales $ 20.000.000

Inversión Real

Bienes de Capital $ 3.000.000

LEGAL Y TÉCNICA

Operaciones

Personal $ 5.000.000

Bienes no Personales $ 3.000.000

GATOS GENERALES DE ADM.

Operaciones

Bienes no Personales $ 31.000.000

Transferencias

Subsidios y becas $ 5.000.000

CONCEJO MUNICIPAL $ 13.000.000

ARTÍCULO 5: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-

Sala de Sesiones,  Roldán 28 de Noviembre de 2.023.-

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