ORDENANZA N° 1178/22
VISTO:
La necesidad de tener una ciudad más inclusiva que permita a todos los roldanenses acceder de igual forma a una red gratuita de internet,
Y CONSIDERANDO:
Que, la información y comunicación en tecnología constituye una herramienta indispensable para el desarrollo social, cultural y económico de una ciudad,
Que, la acción antes mencionada se podría emplear en las plazas públicas de la ciudad: Plaza Villa Flores; Plaza Evita; Plaza 25 de Mayo y en el Playón Municipal,
Que, la colocación de la red gratuita de WIFI es técnicamente posible a través de puntos repetidores de señales ubicados en los lugares antes mencionados,
Por ello, el Honorable Concejo Municipal, en uso de sus atribuciones de la Ley 2.756, sanciona la presente:
Ordenanza
ARTÍCULO Nº 1: Colóquese una red de internet gratuita en las plazas públicas de la ciudad: Plaza Villa Flores; Plaza Evita; Plaza 25 de Mayo y en el Playón Municipal y la posibilidad de ampliar la instalación en otros espacios públicos a determinación del DEM a través de puntos repetidores de señales.
ARTÍCULO Nº 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese, Regístrese y Archívese.-
Sala de Sesiones, Roldán 25 de Octubre de 2.022.