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ORDENANZA N° 1142/22

VISTO:

Con el fin de alertar el cruce de las vías del ferrocarril en el tramo correspondiente desde la calle Independencia hasta la calle Alberdi.-

Y CONSIDERANDO:

Que, a sabiendas que es un lugar de esparcimiento público donde hay una gran concurrencia de ciudadanos y en especial de niños; Que, es necesario por tal motivo se resguarde y se alerte de la presencia de las vías del ferrocarril, evitando cualquier accidente o incidente que se pueda producir por el paso del tren, Que, se debe considerar que se pueden producir hechos lamentables de pérdidas de vida, Por ello, el Honorable Concejo Municipal, en uso de sus atribuciones de la Ley 2.756, sanciona la presente:

Ordenanza

ARTICULO 1: Realícese la colocación de bolardos de protección o de un cerco vivo en el recorrido de las líneas del ferrocarril en ambos lados correspondientes desde la calle Independencia hasta la calle Alberdi (Véase Anexo), y otórguese potestad al DEM para considerar si el tramo seleccionado requiere ser ampliado y si considera alguna otra protección más eficaz.

ARTICULO 2: Recomiéndese al DEM el color amarillo para los bolardos de protección y/o el cerco vivo de no más de 50 centímetros de altura (Véase Anexo) y, en su extensión, un intervalo abierto cada 20 metros aproximadamente, pudiendo el DEM ampliarlo o reducirlo según considere.

Artículo Nº 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese, Regístrese y Archívese.-

Sala de Sesiones, Roldán 17 de Mayo de 2.022.-

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