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ORDENANZA N° 1137/22

 VISTO:

La presentación efectuada por el Departamento Ejecutivo Municipal, solicitando autorización para la contratación del “Servicio de gestión de seguimiento, liquidación y cobro extrajudicial a los deudores del impuesto de patente única de vehículos” mediante el procedimiento de licitación pública.

Y CONSIDERANDO:

Que la patente es uno de los tributos provinciales coparticipables cuyo cobro la Provincia ha delegado a los Municipios. Que consecuentemente con ello, también es uno de los recursos con que cuenta la Municipalidad para cumplir con los servicios y demás funciones que le compete para satisfacer el interés público. Que en general hay un índice de morosidad importante en el cumplimiento de este tributo, Que el Municipio carece de los medios y recursos suficientes para realizar las gestiones de cobranza, pudiéndose generar con el tiempo una masa de deudores que se verán favorecidos por el instituto de la prescripción. Que el servicio propuesto ha resultado idóneo y eficiente en su gestión, mejorando significativamente el cumplimiento por parte del contribuyente y en consecuencia el ingreso del recurso. Que la tercerización del servicio de cobranza propuesto se viene utilizando desde larga data por el Municipio y el contrato se encuentra próximo a vencer. Que conforme las disposiciones vigentes se hace necesario proceder a llamar a licitación pública, siendo competencia del Concejo Municipal conferir autorización al Departamento Ejecutivo que ha remitido el Proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares. Por ello, el Honorable Concejo Municipal, en uso de sus atribuciones de la Ley 2.756, sanciona la presente:

Ordenanza

Artículo 1: AUTORIZAR al D.E.M a contratar el Servicio de gestión de seguimiento, liquidación y cobro extrajudicial a los deudores del impuesto de patente única de vehículos” delegado por el Gobierno de la Provincia de Santa Fe a Municipalidades y Comunas mediante el procedimiento de licitación pública, y de conformidad con los Pliegos de Bases y Condiciones que como Anexo I se agregan a la presente.

Artículo 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese, Regístrese y Archívese.-

Sala de Sesiones, Roldán 26 de Abril de 2.022.-

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