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ORDENANZA N° 1222/23

VISTO:

La nota presentada por los vecinas/os del Barrio Villa Flores referente a: “Solicitud de constitución de Asoc. Vecinal” presentada en fecha 21/04/23.-

La nota presentada por la Sra. Carpio Natalia referente a: “Presenta  documentación destinada a la aprobación de la Vecinal del Barrio Villa Flores” de fecha 14/08/23.-

La nota ingresada por la Comisión organizadora de la Vecinal del Barrio Villa Flores “Adjunta documentación  rectificada por fechas no coincidentes”,  ingresada en fecha 18/09/23.-

Y CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza 496/06 – Texto ordenando y modificatorias;  en su Capítulo III ,  Creación y Reconocimiento, Artículos 7º, 8º y 9º facultan a este Honorable Concejo Municipal al reconocimiento mediante Ordenanza de las Asociaciones vecinales que cumplimenten  los requisitos legales solicitados en la Norma ut –supra.-

Que se ha celebrado la Asamblea Constitutiva de la Asoc. Vecinal el día 22 de Julio del corriente, según fue publicado y convocada por la Comisión organizadora; quedando constituida la misma.-

Por ello, el Honorable Concejo Municipal, en uso de sus atribuciones de la Ley 2.756, sanciona la presente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1: Dispóngase reconocer a la Asociación Vecinal “VILLA FLORES”, creada el día 22 de Julio del año 2.023, según Acta del Estatuto social de la  Asamblea Fundacional; con un ámbito de jurisdicción territorial del Barrio VILLA FLORES conforme a los planos oficiales  del sector   mencionado   en virtud en un todo a  lo  estipulado y establecido en la Ordenanza Nº 496/06 – Texto ordenado y modificatorias.-

ARTÍCULO 2: Notifíquese mediante comunicación legislativa digital  a la Asociación Vecinal “VILLA FLORES” de la presente normativa.-  

ARTÍCULO 3: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-

Sala de Sesiones,  Roldán 26 de Septiembre de 2.023.-

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