ORDENANZA N° 1222/23
VISTO:
La nota presentada por los vecinas/os del Barrio Villa Flores referente a: “Solicitud de constitución de Asoc. Vecinal” presentada en fecha 21/04/23.-
La nota presentada por la Sra. Carpio Natalia referente a: “Presenta documentación destinada a la aprobación de la Vecinal del Barrio Villa Flores” de fecha 14/08/23.-
La nota ingresada por la Comisión organizadora de la Vecinal del Barrio Villa Flores “Adjunta documentación rectificada por fechas no coincidentes”, ingresada en fecha 18/09/23.-
Y CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza 496/06 – Texto ordenando y modificatorias; en su Capítulo III , Creación y Reconocimiento, Artículos 7º, 8º y 9º facultan a este Honorable Concejo Municipal al reconocimiento mediante Ordenanza de las Asociaciones vecinales que cumplimenten los requisitos legales solicitados en la Norma ut –supra.-
Que se ha celebrado la Asamblea Constitutiva de la Asoc. Vecinal el día 22 de Julio del corriente, según fue publicado y convocada por la Comisión organizadora; quedando constituida la misma.-
Por ello, el Honorable Concejo Municipal, en uso de sus atribuciones de la Ley 2.756, sanciona la presente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1: Dispóngase reconocer a la Asociación Vecinal “VILLA FLORES”, creada el día 22 de Julio del año 2.023, según Acta del Estatuto social de la Asamblea Fundacional; con un ámbito de jurisdicción territorial del Barrio VILLA FLORES conforme a los planos oficiales del sector mencionado en virtud en un todo a lo estipulado y establecido en la Ordenanza Nº 496/06 – Texto ordenado y modificatorias.-
ARTÍCULO 2: Notifíquese mediante comunicación legislativa digital a la Asociación Vecinal “VILLA FLORES” de la presente normativa.-
ARTÍCULO 3: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
Sala de Sesiones, Roldán 26 de Septiembre de 2.023.-