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TRIBUNAL DE FALTAS ADVIERTE: RIGE ORDENANZA QUE PROHÍBE VENTA Y USO DE PIROTECNIA DE ALTO IMPACTO SONORO

El Tribunal Municipal de Faltas de Roldán, Santa Fe, comunica a los vecinos que se encuentra vigente la Ord. Nº 1028/19, que establece la prohibición de venta y uso de Articulo Pirotécnicos de Alto Impacto Sonoro.

Esta Ordenanza, establece en su Art. 3 “Limítese la comercialización y uso de elementos pirotécnicos en la jurisdicción de la ciudad en las siguientes categorías detalladas a continuación:

  1. PETARDOS alcance: mayores a 20 gramos.
  2. FOGONETAS alcance: diámetro interno del tubo mayor 1,5 pulgadas.
  3. MORTEROS alcance: de todos los pesos, de efecto audible o luminoso diámetro interno del tubo superior a 2 pulgadas.
  4. MORTERO CON BOMBA alcance: todos los calibres, todos los efectos.

Las faltas a dicha Ordenanza será penada con multas entre 500 (QUINIENTOS) y hasta 10.000 (DIEZ MIL) litros de nafta súper, en su equivalente en pesos al momento de efectivizarse la sanción.

Cuidemos la salud y el bienestar de TODOS y garanticemos la inclusión de los más vulnerables.